Linea Oeste

El Estado Nacional toma medidas para mitigar el coronavirus

16/03/2020
El Estado Nacional toma medidas para mitigar el coronavirus

Frente a  esta crisis mundial, la pandemia producida por el coronavirus, una situación que parece extraída de una novela de ciencia ficción, todos de una u otra manera, seguramente recapacitaremos  sobre la importancia que tiene la existencia de  un Estado fuerte y presente , ya que es ese Estado el que hoy a través  del Presidente Alberto Fernández y todo su equipo de ministros están dando eficientes respuestas a una situación tan grave que de haber sido mal manejada, por ejemplo por  políticos funcionales al noeliberalismo y que por lo tanto desprecian el rol de lo públicoy del Estado, hubiera ya  causado miles de contagios y muertes en nuestro país como de hecho ha ocurrido en  donde se subestimó
el problema o no hay salud pública como es el caso de Estados Unidos. 
Así la importancia de contar hoy con un Ministerio de Salud, en lugar de una simple Secretaría, con hospitales públicos , entre ellos  el Instituto Malbrán único lugar donde se hacen los test para determinar quien posee el virus y quien no, ya que es el Laboratorio de Referencia Nacional de Salud y  sede central del Instituto Bacteriológico Argentino, en momentos en que las más lujosas prepagas no se quieren hacer cargo de sus afiliados , poseer  una línea de bandera como es Aerolíneas Argentinas que es la responsable de  repatriar a todos los argentinos que no han podido retornar al país ,  todos temas trascendentales que  nos deben hacer reflexionar sobre qué es el Estado y para qué sirve,  sobre   todo para que nunca más creamos esos dicursos malintencionados que nos quieren hacer creer que mantener la estructura del  Estado es un gasto y no sirve para nada. 
Son muchísimas las medidas que el Gobierno Nacional   viene tomando a partir del  11 de marzo de 2020 cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, tales como el Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020firmado por el Presidente de la Nación el 12 de marzo de 2020 que amplió la Emergencia Sanitaria y dispuso  la adopción de nuevas medidas para contener la propagación del virus, facultando  al Ministerio de Salud, como autoridad de aplicación, a adquirir equipamiento, bienes y servicios, y a adoptar las medidas de salud pública necesarias y que 
protegió los insumos críticos como el alcohol en gel o barbijos, suspendió los vuelos provenientes de las zonas afectadas por el virus y dispuso la obligatoriedad del aislamiento en los casos enumerados a continuación , con el fin de mitigar su propagación e impacto sanitario.
El Decreto dispuso : La Emergencia Sanitaria por el plazo de un año. El Ministerio de Salud deberá brindar un informe diario respecto de las zonas afectadas por el virus y la situación epidemiológica.El establecimiento del aislamiento obligatorio por 14 días para las personas:que revistan la condición de “casos sospechosos” o sea  presencia de fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria) y que además tenga historial de viaje a las zonas afectadas o haya estado en contacto con casos confirmados o probables de COVID-19;con confirmación médica de haber contraído COVID- 19;contactos estrechos de los dos casos anteriores;que arriben al país habiendo transitando por zonas afectadas;que hayan arribado al país en los últimos 14 días, habiendo transitado por zonas afectadas por el nuevo coronavirus.
La obligación de la población de reportar de forma inmediata síntomas compatibles a los del COVID-19 a los prestadores de salud bajo la modalidad que establezca cada jurisdicción.La suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las zonas afectadas, durante el plazo de 30 días.
La posibilidad de disponer el cierre de museos, centros deportivos, salas de juegos, restaurantes, piscinas y demás lugares de acceso público; suspender espectáculos públicos y todo otro evento masivo; imponer distancias de seguridad y otras medidas necesarias para evitar aglomeraciones.
La sanción de las infracciones que se efectuaran respecto de las medidas previstas en el Decreto. Las mismas se aplicarán según la normativa vigente.
La constitución de la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional”. La misma será coordinada por el Jefe de Gabinete de Ministros y estará integrada por las áreas pertinentes del Ministerio de Salud de la Nación y las demás jurisdicciones y entidades que tengan competencia en la materia.


Redacción Línea Oeste


 
 
 

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