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Invitan a participar de la presentación del Proyecto de Ley de Presupuestos Participativos Comunales

19/04/2023
Invitan  a participar de la presentación del Proyecto de Ley de Presupuestos Participativos Comunales

“No es posible un gobierno central que tome buenas decisiones con gobiernos comunales desprovistos de sus atribuciones”
El Proyecto de Ley  fue iniciativa del Diputado porteño por el Frente de Todos,  Presidente de la Comisión de Descentralización y Participación Ciudadana,  Javier Andrade.
La cita es el martes 25 de abril  a las 18 hs. en el "Salón Perón", de la Legislatura porteña ubicada en Perú 160 de la CABA.
El objetivo de la Ley es regular la creación de prioridades presupuestarias y proyectos participativos, así como su seguimiento y control. De acuerdo a la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y a su Ley de Comunas 1777 son los ciudadanos los que deben decidir qué obras y qué servicios necesitan sus propios  barrios y deben realizar la fiscalización de los mismos. 

Dicen los Fundamentos del proyecto:

“Nuestra Constitución, sancionada en 1996, define a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como una democracia participativa. Según sus parámetros, la participación ciudadana no es una opción, sino que debe atravesar todos los ámbitos políticos y los procesos de toma de decisiones que se desarrollen en la Ciudad. Más concretamente, el artículo 52 establece el carácter participativo del presupuesto. Es otro principio rector de la Constitución el hecho de que, para generar participación, es indispensable descentralizar. Por eso se concibió la división de la Ciudad en Comunas y, dentro de cada una de ellas, la conformación de dos órganos: la Junta Comunal, gobierno local de carácter representativo, y el Consejo Consultivo Comunal, instancia deliberativa y participativa que nuclea a los vecinos y vecinas de la Comuna. La Ley Nº 1.777 organizó la existencia de las Comunas y reafirmó la idea de que la elaboración participativa del presupuesto es la base de nuestra democracia. Hasta el momento, sin embargo, el proceso de descentralización no ha tenido avances significativos y la política de la Ciudad de Buenos Aires sigue respondiendo a los mismos criterios centralistas contra los que los Convencionales Constituyentes decidieron “rebelarse”. A más de 15 (quince) años de la promulgación de la Ley Orgánica de Comunas, encontramos numerosos aspectos incumplidos, sobre todo lo que hace referencia a la dimensión presupuestaria y la participación ciudadana que esta debería involucrar. Pero en lugar de velar por ello, en el pasado reciente la Legislatura sancionó una Ley de Participación Ciudadana que no contempla en ninguna parte la existencia de las Comunas, las Juntas Comunales y los Consejos Consultivos y que reduce la participación a mecanismos que no propician el encuentro y la discusión de los vecinos y vecinas, para determinar qué problemas son prioritarios y cómo resolverlos colectivamente.

El Presupuesto Participativo, que es el corazón de la Ley Nº 1.777, permitiría habilitar procedimientos que, de manera gradual, fortalezcan nuestra cultura democrática y nos permitan acercarnos a los objetivos que toda democracia participativa tiene en su horizonte. Podemos resumirlos en tres:

1) Transparentar la gestión pública, a partir del involucramiento ciudadano en el control y seguimiento de todo el proceso de definición y ejecución presupuestaria. Es fundamental saber a dónde se destinan los fondos y cómo se gastan. Esto tiende a mejorar el nivel de representatividad del sistema político y aumenta la confianza de la ciudadanía en él. Cuando los ciudadanos y ciudadanas se sienten parte de las decisiones, las instituciones se vuelven más sólidas y estables.

2) Mejorar las políticas públicas, a partir de la experiencia y conocimiento local, tornándolas más eficaces y eficientes, gracias al aporte de los distintos barrios al gobierno central. Resulta más conveniente que una obra con impacto local sea decidida, planificada, ejecutada y fiscalizada por los vecinos y vecinas que por un funcionario que no vive allí. La Ciudad ofrece a los barrios la visión global (entre otras cosas, el presupuesto disponible), mientras que los barrios ofrecen a la ciudad su mirada heterogénea y particular.

3) Profundizar la democracia, generando espacios y mecanismos para que los ciudadanos y ciudadanas adquieran el saludable hábito de organizarse con sus semejantes, de acumular experiencia política, de llevar adelante un gobierno, de tomar decisiones que afecten la vida de la comunidad, de elaborar un presupuesto público, con la responsabilidad que eso conlleva.

En los últimos años, siguiendo las experiencias pioneras de Porto Alegre y Barcelona, numerosas ciudades del mundo han incorporado el presupuesto participativo a su gestión pública. Rosario fue el primer ejemplo en nuestro país, al que se le han sumado decenas de municipios, entre ellos Rafaela, Morón, La Plata, San Miguel, Zárate, La Matanza, General Pueyrredón, Río Grande, Gualeguaychú, Mendoza, Córdoba, Villa María, Resistencia, etc. Si bien la forma de implementación varía, en todos los casos se han ensayado mecanismos para que una parte del presupuesto sea decidida por la ciudadanía. La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, por mandato constitucional, tiene la obligación de dar una respuesta a esta deuda histórica. No partimos de cero: legisladoras como Paula Penacca y María Rosa Muiños han presentado proyectos sobre el tema, que nosotros/as tomamos como insumo. Estamos convencidos/as de que nuestro distrito tiene la capacidad presupuestaria y una historia rica en movilizaciones y militancia política, como para apoyar el fortalecimiento de las instancias de participación ciudadana establecidas por la Ley Nº 1.777 y promover sudesarrollo integral. Consideramos indispensable jerarquizar el espacio del Consejo Consultivo Comunal y reconocerle las facultades que le asigna la ley. Este proyecto concibe al Consejo Consultivo como el ámbito originario del Presupuesto Participativo y como lugar finalmente decisorio de las iniciativas que compondrán el anteproyecto de presupuesto anual a ser aprobado por la Junta Comunal y remitido al Poder Ejecutivo. La participación ciudadana consiste en tomarse el tiempo de informarse, asistir a una reunión de vecinos y vecinas, discutir, proponer, investigar, criticar, problematizar, persuadir, organizarse, negociar, hacerse cargo de las decisiones que se tomen y ejercer el control de sus resultados. Esto no es reemplazable por ningún mecanismo virtual. Si queremos una ciudadanía más responsable, más comprometida, más solidaria, necesitamos darle mayor vida, dinámica y apoyo institucional a los órganos participativos que la Constitución prevé y transformarlos en verdaderas escuelas de democracia, donde se consoliden y fortalezcan los lazos comunitarios. Lo cual obliga al Gobierno de la Ciudad a garantizar la difusión masiva de los Consejos Consultivos, las Juntas Comunales y las Comunas en general, para que la ciudadanía esté al corriente de sus derechos y responsabilidades. No es posible un gobierno central que tome buenas decisiones con gobiernos comunales desprovistos de sus atribuciones y sin margen para actuar o para ocuparse de los problemas que, día a día, les llevan los vecinos y vecinas de los barrios. Para construir una buena sociedad, que exija y ayude a sus gobernantes a ser mejores, es imperioso contar con espacios y canales institucionales que habiliten y fortalezcan la participación de la comunidad en los asuntos que competen a todos/as. Avanzar con una ley de Presupuesto Participativo-que establezca un marco previsible y racional para gestionar los recursos públicos, pero con la firme convicción de que la participación es el mejor canal para que esos recursos alcancen su destino en beneficio de la comunidad-nos pone un poco más cerca de lo que la Constitución establece como metas indeclinables de nuestra Ciudad. Por este motivo, solicito al cuerpo la aprobación del presente proyecto de ley”.

 

Redacción Línea Oeste



 
 

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