El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispuso la publicación del padrón provisorio de "Electoras Extranjeras y Electores Extranjeros Residentes" desde el 7 de mayo al 21 de mayo de 2021, a los fines de que puedan solicitar corrección de datos o reclamar su incorporación si no figuran (conf. arts. 28 y 29 del Código Electoral).
En el padrón deben figurar quienes cuentan con los siguientes requisitos:
De acuerdo al Código Electoral sancionado en el año 2018 , la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que las personas extranjeras, desde los dieciséis (16) años de edad y con residencia permanente y domicilio en la Ciudad están habilitadas para votar en los actos electorales convocados en el marco de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sin necesidad de realizar ningún registro previo. Asimismo, determina que el Poder Ejecutivo debe realizar un “Programa de Difusión de Derechos Políticos de extranjeros y extranjeras”.
Según el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas del año 2010 la cantidad de personas nacidas en el extranjero residentes en la Ciudad de Buenos Aires era de 381.778 y la Encuesta Anual de Hogares (2018) de la Dirección General de Estadísticas y Censos del Gobierno de la Ciudad, estimó que, de los aproximadamente 3 millones de habitantes de la Ciudad, más de 400 mil son migrantes, es decir, el 14.7%.
Es por esto que Comuneros 9 del Frente de Todos junto a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad en el día de ayer recorrieron el barrio Cildáñez difundiendo este Derecho al voto que otorga la ley a los migrantes.
Redacción Línea Oeste
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